Como consecuencia del estado de alarma por la crisis de la COVID-19 y la suspensión de los plazos administrativos y de fiscalización, los ayuntamientos, las mancomunidades y las parroquias rurales pudieron rendir las cuentas del ejercicio 2019 hasta el 22 de enero de 2021, en vez de hasta el 15 de octubre de 2020, como marca la Ley de Haciendas Locales.





