Informe definitivo sobre la fiscalización del sector público local del Principado de Asturias, ejercicio 2007
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley del Principado de Asturias 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora, y sin perjuicio de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas, incumbe a la Sindicatura de Cuentas el examen, comprobación y fiscalización de las cuentas de los sujetos integrantes del sector público autonómico. El artículo 2 de la citada Ley incluye en el sector público autonómico a las entidades locales situadas en el territorio del Principado de Asturias y sus organismos, entes, entidades, fundaciones y empresas públicas con participación mayoritaria o dominio
efectivo, directo o indirecto, del Principado, independientemente de que se rijan por el derecho público o privado.
En virtud de tal función fiscalizadora, y enmarcado dentro del ámbito de colaboración con el Tribunal de Cuentas, con fecha 29 de diciembre de 2008 se aprobó por el Consejo de la Sindicatura de Cuentas el Programa Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio 2009, en el que se incluyen, entre otros, el informe sobre el sector local correspondiente el ejercicio 2007.
Por acuerdo del Consejo de la Sindicatura de Cuentas de fecha 8 de marzo de 2007 se aprueban los formatos normalizados de la rendición telemática de las Cuentas Generales de las entidades locales. De conformidad con este acuerdo, las entidades locales radicadas en el territorio del Principado de Asturias rendirán su Cuenta General, exclusivamente en soporte informático, de acuerdo con el formato establecido en la Resolución de fecha 28 de julio de 2006 de la Intervención General de la Administración del Estado.
Asimismo, en fecha 24 de abril de 2007, se suscribe un convenio de colaboración entre la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias y el Tribunal de Cuentas, mediante el cual las cuentas rendidas telemáticamente a la Sindicatura de Cuentas se considerarán también rendidas al Tribunal de Cuentas, por lo que se libera a las entidades locales de la doble obligación de rendición.
El ejercicio 2007, objeto del presente informe, fue el segundo de aplicación de las nuevas Instrucciones de Contabilidad para la Administración local y de obligatoriedad de rendición de las cuentas de las Entidades Locales telemáticamente a la Sindicatura de Cuentas.
- Ejercicio Fiscalizado: 2007
- Fecha de Aprobación: 7 de abril 2011
- Ámbito: Entidades locales
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