Informe definitivo sobre la fiscalización del seguimiento de las recomendaciones y observaciones contenidas en los informes sobre la Cuenta General y el Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicios 2007-2016
De conformidad con lo establecido en el artículo 35 ter del EAPA, corresponde a la SC, por delegación de la JGPA, el examen y comprobación de la CGPA.
Por su parte, el artículo 16 de la LSC establece que este órgano dictará la declaración definitiva que le merezca la CGPA dentro del plazo de seis meses a partir de la fecha en que le haya sido remitida por la Mesa de la JGPA. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la LFCI, le corresponde a esta SC el control de los FCI.
Con fecha 18 de diciembre de 2015 se aprobó, por el Consejo de la SC, el Programa Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio 2016 en el que se incluyen, entre otros, el “Informe sobre el seguimiento de las recomendaciones y observaciones contenidas el los Informes sobre la CGPA y el FCI”
- Fecha de Aprobación: 27 de Febrero 2019
- Ejercicio Fiscalizado: 2007-2016
- Ámbito: Administración autonómica
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